Establécese en la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 1.244.-) el valor en moneda de curso legal de las Unidades Pesca (UP) para el periodo comprendido entre el 1° de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025, conforme lo dispuesto en el Artículo 1° de la Disposición N° DI-2024-1-APN-DNCYFP#MEC de fecha 26 de septiembre de 2024 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN PESQUERA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS ACUÁTICOS Y PESCA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Las Unidades Pesca (UP) serán de aplicación para las normas que a continuación se detallan:
o Infracciones al Régimen Federal de Pesca y sus normas complementarias. Ver Ley N° 24.922
o Valor de la tasa diaria por inspección a bordo. Art. 10 de la Disposición SSPyA N° 424/2004 (modificado por la Disposición SSPyA N° 6/2021)
o Valor de tasas de servicios para la emisión de certificados. Ver Arts. 10 y 11 de la Disposición SSPyA N° 186/2022
o Derecho Único de Extracción . Ver Resolución CFP N° 8 (22/06/2023) (Ajuste DUE 2023, Derecho de Transferencia y art. 2° Res. 12-20214)
Descargar Disposición 2024-1-APN-DNCYFP MEC