Establece el uso obligatorio de determinados dispositivos de selectividad para todos los buques pesqueros arrastreros cuya especie objetivo sea el langostino.
Se decide por unanimidad proceder al cierre del área de jurisdicción nacional para la captura de langostino, al sur del paralelo 43º 30 de latitud Sur, a partir del día lunes 4 de octubre de 2010.
Se decide por mayoría, autorizar la apertura de una zona de la AIER, en las mismas condiciones de restricción que rigen para el resto de la AIER, para la captura de la especie langostino, a partir del día 17 de septiembre de 2010.
Se decide por unanimidad cerrar a la pesca las áreas mencionadas a partir de las 0.00 horas del día lunes 13 de septiembre próximo.
Se ha autorizado la realización de dos prospecciones en aguas de jurisdicción nacional, entre los paralelos 43°30 S y 44° S y el meridiano 62° W y la línea de jurisdicción provincial, con fecha de inicio el 21/08/2010, a la hora 0:00, y una duración de 3 días.
Se decide por mayoría, autorizar la apertura del área prospectada a partir de la hora 0:00 del día domingo 1° de agosto de 2010.
Se decide por unanimidad autorizar la realización de una prospección, en el área ubicada al este del límite externo del AIER, entre los paralelos 44° 30 y 45° de latitud Sur, y el meridiano 62° de longitud Oeste, por un lapso de 3 (tres) días contados a partir de la hora 0:00 del día lunes 12 de julio de 2010.
Se decide por mayoría, autorizar la realización de una prospección en el AIER, establecida por las Resoluciones SAGPyA 484/04 y 972/04, con la metodología del INIDEP y bajo determinadas condiciones.
Se decide por unanimidad autorizar la apertura del área comprendida entre los 45° y 47° de latitud Sur, entre la longitud 62° W y el límite de jurisdicción provincial, y limitar la pesca a las Subáreas I y II.
Se da tratamiento a un proyecto de resolución a través del cual se establece el uso obligatorio de dispositivos de selectividad debidamente comprobados para la pesquería de langostino, y en los últimos años se han empleado los dispositivos DISELA II y HARGRIL con comprobada eficacia en la selección de la captura. Para todos los buques pesqueros arrastreros cuya especie objetivo sea el langostino, de la hora 0:00 del día siguiente a su publicación, para toda el área de distribución de la especie.
Se decide por unanimidad realizar una prospección de langostino (Pleoticus muelleri) en aguas de jurisdicción nacional bajo la metodología definida por el INIDEP y sujeta a determinadas condiciones.
Prospección en aguas de jurisdicción provincial. El Representante de la Provincia de Chubut informa que en el marco del Convenio que mantiene su provincia con la Provincia de Santa Cruz para la regulación y ordenamiento de las pesquerías en el Golfo San Jorge, ha ordenado una prospección en aguas de su jurisdicción provincial. Finalmente explica que la prospección dará comienzo a partir de la hora 0:00 del día 18 de marzo del corriente año.