Los Aportes No Reintegrables (ANR) son otorgados por la Ley Ovina para financiar proyectos de producción, priorizando la agricultura familiar, esto es, productores y proyectos que se consideran importantes para la recuperación de la ganadería ovina pero que no están en condiciones de devolver los aportes recibidos
Al igual que los AR los ANR pueden ser recibidos tanto por productores individuales o grupos de productores pero se priorizan los proyectos asociativos.
El circuito de elaboración, evaluación y aprobación del proyecto es similar al de los AR es decir que para acceder al beneficio se debe presentar un proyecto en un formato estandarizado. La solicitud correspondiente deberá ser aprobada por acta de la UEP y posteriormente por la Autoridad de Aplicación del Régimen.
(Para ver mayor detalle de requisitos y condiciones ver Manual Operativo Parte II. Beneficios a Otorgar)
Aporte Reintegrables
Los Aportes Reintegrables (AR) son otorgados por la Ley Ovina para financiar proyectos de produccion.
La devolución es a valor nominal a cinco años en cuotas iguales sin interés y con dos años de gracia.
Los beneficiarios de los AR pueden ser productores individuales, grupos de productores, asociaciones, cooperativas, que ya realicen la actividad o que se estén iniciando en la misma.
El proyecto de inversión debe estar en línea con la estrategia nacional, regional y provincial y debe ser elaborado por un técnico de las ciencias agropecuarias avalado por la Unidad Ejecutora Provincial (UEP)
Una vez elaborado el proyecto se deberá presentar ante la UEP y si éste es aprobado por la misma se envía a la Coordinación Nacional de la Ley (CN) donde, dada la aprobación definitiva por parte de la Autoridad de Aplicación del Régimen, comienza el circuito para su ejecución.
(Para ver mayor detalle de requisitos y condiciones ver Manual Operativo Parte II. Beneficios a Otorgar)