Por Ley 27.066/2014 se estableció la creación del Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas en el marco del Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes.
La mencionada Ley tiene por objeto incrementar en las zonas áridas y semiáridas de todo el territorio nacional la oferta de productos y subproductos de la ganadería bovina de carne para abastecer al mercado interno y externo, tanto en calidad como en cantidad, mejorando la eficiencia productiva, los sistemas comerciales, de información y la competitividad del negocio, preservando los equilibrios ambientales de estas regiones.
Se fija como Autoridad de Aplicación de la citada Ley al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, con la función de dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas para el cumplimiento de la norma.
La Autoridad de Aplicación establece el denominado “Índice de Aridez de Martonne” como índice propicio para la determinación de las zonas áridas y semiáridas. El mismo es reconocido y utilizado por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), en su Atlas Climático Digital.
Se detallan los partidos y/o departamentos identificados como “zonas áridas y semiáridas” para la producción pecuaria bovina.
Consultar partidos y departamentos
Se creó el Fondo para Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiráridas como partida adicional a los recursos destinados al Plan Federal del Bicentenario de Ganados y carnes por un monto anual de $100.000.000 (cien millones de pesos) cuyo destino será únicamente para la producción pecuaria bovina de las zonas áridas y semiáridas definidas.
Resolución 24/2010
Creación del Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes
Ley 27.066/2014
Régimen de Promoción de la Ganaderia Bovina en zonas Áridas y Semiáridas
Decreto 551/2020
Autoridad de Aplicación de la Ley 27.066/2014
Resolución 168/2020
Definición de las zonas áridas y semiáridas para la producción pecuaria bovina