DJVE - Ley 21.453
Para solicitar las Prórrogas Extraordinarias según lo establecido por el Artículo 3° de la Resolución 5/2022, deberán tener en consideración los siguientes puntos:
La presentación deberá ser canalizada por Trámite a Distancia - TAD
1) Ingresar por la plataforma TAD mediante clave fiscal (AFIP).
2) Trámite para el requerimiento de la Prórroga extraordinaria -nombre del trámite: “Presentación ciudadana ante el Poder Ejecutivo”.
3) Dependencia dónde presentará la solicitud: selecciona a que Organismo enviar la presentación – Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía
4) Motivo de la presentación: Referencia Resolución N° 5/2022 – Prórroga extraordinaria.
5) Requisitos: Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto N° 576 de fecha 4 de septiembre de 2022 y por la Resolución N°5 de fecha 6 de septiembre de 2022 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
5.1- Nota de Solicitud.
5.2-DJVE - SIM
5.3- Documentación que respalde las causas que se aleguen como fundamento del pedido de prórroga.
5.4- Contrato de venta, factura proforma o confirmación de venta.
En todos los casos, la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios, podrá requerir información adicional y/o la presentación de la documentación original, a fin de evaluar la solicitud efectuada.
6) Cabe señalar que las solicitudes serán evaluadas en los días hábiles administrativos.