REQUISITOS
Es requisito para la adhesión voluntaria a los Programas previstos en los Capítulos I y II del Decreto Nº 194/2023 renunciar, en forma previa, a la promoción de cualquier procedimiento judicial o administrativo cuya finalidad sea reclamar la aplicación de procedimientos distintos a los previstos de manera extraordinaria en el presente decreto y respecto de las operaciones alcanzadas por éste. (Art. 15- Decreto Nº 194/2023).
Exportar las mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) se consignan en el Anexo que, registrado con el N° IF-2023-41491100-APN-SSABDR#MEC forma parte integrante de la presente medida, durante la vigencia del PROGRAMA.
Haber exportado en algún momento de los DIECIOCHO (18) meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del Decreto N° 194 de fecha 9 de abril de 2023 mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) se consignan en el citado Anexo.
Asumir el compromiso de mantener o incrementar durante la vigencia del PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR la cantidad de puestos de trabajo registrados bajo su dependencia, al momento de la entrada en vigencia del mencionado Decreto N° 194/23.
Asumir el compromiso de abastecer el mercado local con las mercaderías consignadas en el mencionado Anexo, debiendo mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento que registrare en los DIECIOCHO (18) meses anteriores a la vigencia del referido Decreto N° 194/23.
Cumplir los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
A los efectos de la adhesión al Programa, el contribuyente deberá ingresar al servicio “Sistema Registral”, disponible en el sitio web de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ( http://www.afip.gob.ar ), mediante la utilización de la “Clave Fiscal” que otorga dicho Organismo. Luego deberá seleccionar, dentro la opción “Características y Registros Especiales”, la caracterización “Prog. de Incremento Exportador-Dec.194/23- Econ. Regionales”.